Vacaciones extralegales
Disfruta días adicionales de vacaciones a los establecidos en la legislación:
Semana Santa:
Lunes, martes y miércoles santo.
Receso escolar:
Jueves y viernes.
Diciembre:
Vacaciones colectivas de hasta 30 días calendario que incluyen los días de vacaciones que otorga la ley.
Julio:
Los días se definen con base en el calendario del año escolar y se comunican por la dirección del Colegio cada año.